GARANTÍAS

Seguro de protección integral del Arrendador

Desde nuestra experiencia y después de una consulta a más de 300 propietarios de Madrid, sabemos cuáles son las mayores preocupaciones de un propietario y que podemos resumir en 6 puntos

Este seguro incluye una triple protección para el arrendador-tomador:

Actos vandálicos ocasionados en la vivienda

Indemnización de los gastos ocasionados por los deterioros inmobiliarios y/o robo de continente de la vivienda asegurada, causados por el inquilino. Hasta 3.000 €, con una franquicia de 300 €.

Defensa jurídica

  • Reclamación por incumplimiento de contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda.
  • Defensa y reclamación del contrato de alquiler, incluidos los juicios de desahucio.
  • Defensa de derechos ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Reclamación de daños de origen extracontractual.
  • Asistencia jurídica telefónica (24 horas).
  • Defensa de la Responsabilidad Penal.
  • Derechos relativos a la vivienda.

Impago de alquileres por parte del inquilino

Se garantiza el cobro de la renta mensual fijada en las condiciones particulares de la póliza, hasta un máximo de 12 meses de renta, con una franquicia de 1 mes.

¿Cómo funciona el seguro de impago de rentas?

Con  el grado de estudio de solvencia que se le hace a cada inquilino y las garantías y condiciones que se le piden para optar a un alquiler ( contrato de larga duración, ingresos acordes al alquiler, estudio de morosidad …) es inusual que se llegue a utilizar el seguro de Impago de rentas.

En nuestra experiencia los pocos casos que se han dado. Se presentan  a partir del año de contrato y suelen venir por cambios en la situación personal de los inquilinos ( despidos, rupturas…)

1. En primer lugar, desde nuestro departamento legal, se intenta conocer la causa de la demora del pago y llegar a una solución amistosa. De no efectuarse el pago de manera inmediata se presenta la demanda de desahucio.

2. En este punto y al conocer los gastos en costas, embargos, y demás consecuencias de enfrentarse a la demanda de desahucio. Es el propio inquilino quien acepta su nueva circunstancia. Soluciona los pagos pendientes y deja el piso.

3. En los pocos casos que hay que seguir con el procedimiento. Y una vez presentada la demanda de desahucio el departamento legal de la aseguradora se hace cargo de todos los trámites.

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